Modalidad específica del seguro de vida. Consistente en el pago de una renta que puede ser mensual, trimestral, anual o única. Cuando el Asegurado alcanza la edad de jubilación predeterminada en la póliza, tiene derecho al pago de un capital o renta. Este pago consiste en el capital garantizado en el contrato (la renta aportada mas los intereses técnicos establecidos) además de la rentabilidad obtenida por encima del interés técnico.