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Nuestro objetivo es mantener su confianza año tras año, renovación tras renovación. Para ello vamos a estar muy cerca de Usted cuando más nos necesite.

La Correduría de Seguros Luis Urrestarazu SL está formada por un excelente equipo humano capaz de darle consejo y respuesta en los momentos decisivos.

Al vencimiento revisamos sus pólizas con el fin de controlar que sigan siendo las condiciones óptimas. Para ello, contamos con las ofertas de las Entidades Aseguradoras con mayor prestigio y Solvencia.

Seguro por el que el asegurador se compromete a indemnizar a terceros que hayan sufrido daños personales o materiales, causados de forma involuntaria y a consecuencia de la actividad asegurada según el artículo 1.902 y concordantes del Código Civil. A parte de esta garantía básica, se puede asegurar dependiendo de la actividad del Asegurado, la responsabilidad civil por trabajos en instalaciones de terceros, la responsabilidad civil post-trabajos, la defensa jurídica y fianzas

Póliza especifica que concede al Asegurado cobertura frente a diferentes riesgos a los que están sometidos las viviendas. Como riesgos principales que pueden garantizarse están el incendio, rayo, explosión, actos vandálicos, daños por agua, rotura de cristales, responsabilidad civil, etc.

Seguro en virtud del cual, en caso de fallecimiento del Asegurado, la compañía aseguradora hace entrega a los beneficiarios del mismo la indemnización estipulada en el contrato y/o los servicios necesarios para llevar a cabo el acto de sepelio, también en función de los términos recogidos en la póliza correspondiente.

Modalidad específica del seguro de vida. Consistente en el pago de una renta que puede ser mensual, trimestral, anual o única. Cuando el Asegurado alcanza la edad de jubilación predeterminada en la póliza, tiene derecho al pago de un capital o renta. Este pago consiste en el capital garantizado en el contrato (la renta aportada más los intereses técnicos establecidos) además de la rentabilidad obtenida por encima del interés técnico.

Póliza por la que la aseguradora se compromete al pago de una indemnización al Asegurado, o Beneficiario en su caso, a consecuencia de las lesiones corporales derivadas de un accidente. La cobertura de estos seguros puede ser durante las horas laborales o 24 horas del día. Las principales garantías de estas pólizas son, el fallecimiento por cualquier causa o las invalideces permanentes por cualquier causa, etc. En estas pólizas se pueden incluir el infarto, la incapacidad temporal, la invalidez progresiva, doble y triple capital, gastos médicos-farmacéuticos.

Póliza por la que la aseguradora se compromete al pago de una indemnización al Asegurado, o Beneficiario en su caso, a consecuencia de las lesiones corporales derivadas de una enfermedad o accidente. La cobertura de estos seguros se extiende siempre a las 24 horas del día. Las principales garantías de estas pólizas son, el fallecimiento por cualquier causa o las invalideces permanentes por cualquier causa, etc.

Póliza de seguro en virtud de la cual, la compañía aseguradora se compromete a la entrega al Asegurado de una indemnización prevista en el contrato en caso de Baja Laboral por enfermedad y/o accidente. Alguna de las principales garantías que se pueden contratar, son la indemnización por baja diaria, por intervención quirúrgica, por hospitalización, etc.

Póliza especifica que concede al Asegurado cobertura frente a diferentes riesgos a los que están sometidos las comunidades de bienes inmuebles. Como riesgos principales que pueden garantizarse están el incendio, rayo, explosión, actos vandálicos, daños por agua, rotura de cristales, responsabilidad civil, etc.

Seguro que tiene como objeto el garantizar el abono de una cantidad mensual cuyo destino sea paliar las pérdidas económicas que un Asegurado pueda tener como consecuencia de la privación del permiso de conducir. El derecho a la percepción del subsidio se hará según las condiciones del contrato y siempre y cuando la retirada temporal del carnet sea por decisión gubernativa o sentencia judicial. El origen de retirada del permiso de conducir tiene que ser un hecho de la circulación cuyo origen sea la imprudencia, culpa o negligencia del Asegurado. Este seguro se puede contratar tanto de forma individual como colectiva. Esta especialmente estudiado para los profesionales del volante, transportistas, taxistas, ambulancias, autobuses, etc.

Es un seguro obligatorio por Ley, y su objetivo es la indemnización por responsabilidad del propietario o conductor del vehículo, por los daños personales o materiales y sus consecuencias causadas a terceros derivados de un accidente de la circulación de vehículos a motor. Este tipo de seguro es de obligada formalización para los turismos, furgonetas, camiones, remolques, autobuses, motos, ciclomotores, maquinaria autopropulsada con o sin matricula (carretillas elevadoras, barredoras, dumpers, etc.) y en general cualquier tipo de vehículo a motor que circule por vías de uso público. A estas pólizas, y dependiendo del vehículo a asegurar, se le pueden incluir garantías optativas como la rotura de lunas, los daños propios, la asistencia en viaje, el robo, etc.

Es una póliza de seguro por la que la Aseguradora, en lugar de comprometerse al pago de una indemnización, se obliga a proporcionar al Asegurado un servicio. En caso de enfermedad o accidente la compañía facilitara el servicio médico, quirúrgico, farmacéutico, etc., dependiendo de la modalidad y límites de la póliza, bien con medios propios o bien a través de facultativos, clínicas o centros médicos con los que la aseguradora tenga suscrito un contrato de servicios. Estos seguros se pueden contratar de forma individual, para familias o grupos. Es una alternativa a la Asistencia Sanitaria Pública, muy recomendada para aquellas personas especialmente sensibles por los tratamientos rápidos y personalizados.

A través de este tipo de seguro, el asegurador se obliga a prestar al Asegurado servicios de asistencia jurídica, tanto en procesos judiciales como extrajudiciales. Se pueden cubrir también los gastos en los que se deba incurrir a consecuencia de la intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral. Las coberturas del seguro y sus límites dependerán de las garantías contratadas en la póliza. Se trata de un seguro muy interesante, pues en nuestra sociedad actual es cada vez mayor la conciencia de nuestros derechos y por lo tanto se produce un aumento de las reclamaciones, de las que es preciso defenderse y una de las posibilidades es precisamente esta póliza.